Entradas

Mostrando las entradas de enero, 2021

¿CÓMO EFECTUAR UN RECLAMO ANTE UN BANCO O ENTIDAD FINANCIERA?

Actualmente, se puede necesitar efectuar un reclamo a un Banco o Entidad Financiera por distintas razones. Desde cargos/cobros inesperados o excesivos, información incorrecta o engañosa sobre un producto, inadecuada información sobre cambios en un contrato, errores varios; hasta el haber recibido un trato indigno e inequitativo, o reclamos relacionados con las instalaciones inadecuadas (personas con discapacidad), etc. El primer paso es realizar el reclamo ante la entidad bancaria o financiera por algunos de los siguientes medios: por teléfono, por internet (redes sociales, etc.), por nota firmada (solicitando su constancia de recepción) o por carta documento. Es necesario procurar obtener (SIEMPRE) el número de reclamo. En caso de no haber obtenido una respuesta o solución concreta o la misma hubiese sido   insatisfactoria o inadecuada y luego de haber trascurrido 10 días hábiles de la presentación ante el banco, el cliente (consumidor) puede enviar el Reclamo al BCRA (Banco Cent

BECAS PROGRESAR: aumentaría el número de beneficiarios y los montos a cobrar. ¿Cuándo empezarán las inscripciones? Repasamos los requisitos

Imagen
  El ministro de Educación de la Nación, Nicolás Trotta, expreso, durante una visita a Corrientes, que el pago de las Becas Progresar comenzará en febrero, y el número de beneficiarios del programa, pasarán de 550 mil a 750 mil alumnos. En cuanto a la actualización del monto de las Becas Progresar, anticipó que será "importante" y que el anuncio estará a cargo del presidente Alberto Fernández. Consultado sobre cómo será este año la inscripción al programa dijo que, " se va a hacer a través de una aplicación que se puede acceder desde la web y celulares" . "Pretendemos que en dos o tres semanas se puede acreditar la información y otorgar el beneficio" , precisó. REQUISITOS 1.- Para Nivel Obligatorio: ● Ser argentino, por opción, o residente con una residencia legal en el país no inferior a cinco (5) años previos a la solicitud. ● Tener entre dieciocho (18) y veinticuatro (24) años de edad al momento del cierre de la convocatoria a la beca. Pa

LOS EMPLEADOS DE COMERCIO TENDRÁN UN AUMENTO NO REMUNERATIVO DEL 21% QUE SE PAGARÁ EN TRES CUOTAS DE 7% ACUMULATIVAS, EN ENERO, FEBRERO Y MARZO

  El jueves 28 de enero, la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) y las cámaras de mercantiles acordaron una asignación no remunerativa del 21% que se pagará de manera escalonada del siguiente modo: a)- 7% a partir del mes de enero de 2021 . b)- 7% a partir del mes de febrero de 2021 , que se suma al 7% del mes de enero de 2021 (total 14%). c)- 7% a partir del mes de marzo de 2021 , que se suma a las dos cuotas anteriores de 7% (total 21%). La base del cálculo para la aplicación de los porcentajes de incrementos   es la suma del básico de convenio de diciembre de 2020 más los $5.000 no remunerativos. Se acordó que esta suma no remunerativa del 21% se incorpore a los salarios básicos de cada categoría del CCT 130/75, con vigencia a partir del mes de abril 2021.    Respecto a la gratificación extraordinaria de $5000 se acordó continuar con su pago por los meses de enero, febrero y marzo de 2021, así como incorporar el monto de dicha cuota a los

TARJETA ALIMENTAR, POTENCIAR TRABAJO Y PRESTACIONES DE ANSES ¿Cuáles son los aumentos que se vienen en los próximos meses? Te lo contamos en esta nota

1.- Tarjeta Alimentar En declaraciones radiales el ministro de Desarrollo Social de la Nación, Daniel Arroyo, expreso “ Está claro que ha habido un aumento importante en el costo de los alimentos y por eso estamos evaluando un aumento en el monto de la tarjeta Alimentar. Hubo un aumento de los alimentos de cerca del 50% este año (por 2020), y sobre esa base es que estaremos adecuando el monto de la tarjeta Alimentar rápidamente”. Es por ello, que se espera una adecuación del monto de la Tarjeta Alimentar para el mes de febrero de 2021 . Si bien falta la confirmación oficial, el incremento rondaría el 50 por ciento:   De $4.000 a $6.000, para las familias con un hijo de hasta 6 años de edad o discapacitado. De $6.000 a $9.000, familias que tienen más de un hijo en la misma franja etaria o discapacitado. 2.- Potenciar Trabajo Los beneficiarios de este programa social perciben, mensualmente, la mitad de un Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM) vigente al momento de efectuarse el

LA OBLIGATORIEDAD DE LA EDUCACIÓN EN ARGENTINA

  1.- INTRODUCCIÓN Actualmente se concibe a la Educación como un Derecho Humano fundamental e imprescindible para el acceso y ejercicio de todos los demás derechos de una persona. En este sentido, es un derecho de derechos, que debe ser exigido “doblemente” a los estados. Precisamente, la Educación como derecho fundamental, es mucho más que una mera posibilidad de los individuos de alcanzar cierto nivel de instrucción; tiene que ver con la autonomía, el disfrute de las libertades fundamentales, la   elevación de la calidad de vida, la vida en sociedad; en definitiva, con el pleno desarrollo de la personalidad. Hesíodo, poeta de la Antigua Grecia, decía : “La educación ayuda a la persona a aprender a ser lo que es capaz de ser”. En Argentina, el derecho de enseñar y aprender está consagrado en el artículo 14 de la Constitución Nacional. De acuerdo a la   Ley De Educación Nacional 26.206 (del año 2006, actualmente vigente), “(…) la educación y el conocimiento son un bien público

Aspectos principales del “Plan de los mil días”, de atención y cuidado integral de la salud de la mujer durante el embarazo y de la primera infancia (niños/as de hasta tres años de edad)

Imagen
  El pasado viernes, 15 de enero de 2021,   se  público en el boletín oficial, la Ley 27.611, por la cual se crea el  PLAN DE LOS 1000 DÍAS  que tiene como objetivo ofrecer ayuda económica a las mujeres embarazadas y a los niños/as de hasta tres años de edad. Sus puntos principales son los siguientes:    1.- SE CREA LA ASIGNACIÓN UNIVERSAL POR CUIDADO DE SALUD INTEGRAL Es una suma que cobrarán las madres y personas gestantes,  una vez al año , por cada  niño menor de 3 años  que reciba la #AUH y que cumpla con el plan de vacunación obligatorio y control sanitario. El  monto  de esta asignación será equivalente al valor de la AUH. 2.-  SE   AMPLÍA LA ASIGNACIÓN POR EMBARAZO PARA LA PROTECCIÓN SOCIAL (AUE) La #AUE pasa de 6 a 9 mensualidades. De este modo, se cubre la totalidad del tiempo de gestación y equipara los derechos que otorga la Asignación Prenatal de los trabajadores en blanco (o registrados).    3.- SE AMPLÍA LA ASIGNACIÓN POR NACIMIENTO Y ADOPCIÓN Para que incluir a los grup

CALENDARIO DE PAGOS, LUNES 25 DE ENERO: Jubilaciones, Pensiones, AUH, Asignaciones Familiares, Prestación por Desempleo, Garrafa Social y Tarjeta Alimentar.

1.-   Jubilaciones y pensiones : Haberes que superen los $21.393, Documentos terminados en 0 (cero) y en 1 (uno). 2.- Asignación Familiar por Hijo y Asignación Universal por Hijo : Documentos terminados en 9 (nueve). 3.- P restación por Desempleo : Documentos terminados en 2 (dos) y 3 (tres). 4.- Tarjeta alimentar que se cobra en el CBU de la AUH : Documentos terminados en 0 (cero) y 1 (uno). 5.- Garrafa Social (Programa Hogar) : Documentos terminados en 9 (nueve).

Decreto 39/2021: Se prorroga la prohibición de efectuar despidos y suspensiones por 90 días más. Y se prorroga la vigencia de la doble indemnización, con un tope de hasta $ 500.000

  A través del Decreto 39/2021, publicado este sábado 23 de enero en el Boletín Oficial, el Gobierno confirmó que la prohibición de los despidos seguirá por otros 90 días y la doble indemnización hasta fin de año. A los efectos de establecer el cálculo de la indemnización definitiva, el monto correspondiente a la duplicación no podrá exceder, en ningún caso, la suma de PESOS QUINIENTOS MIL ($500.000). Asimismo, como en las anteriores prorrogas, la prohibición de efectuar despidos y suspensiones y la doble indemnización no serán aplicables a las contrataciones celebradas con posterioridad a la entrada en vigencia del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 34/19 (nuevas contrataciones) , ni al Sector Público Nacional definido en el artículo 8° de la Ley N° 24.156 y sus modificatorias. Normativa :   https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/240024/20210123

¿Qué es el ReNaTEP?: el Registro Nacional de Trabajadores/as de la Economía Popular

Imagen
  1.-  ¿Qué es? El ReNaTEP es un registro para trabajadores/as de la economía popular como se describe en el punto dos.   Ser parte del mismo te permite acceder a programas de trabajo, seguridad social y capacitación; participar de redes de comercialización y tener acceso a herramientas crediticias y de inclusión financiera. 2.-  ¿Quiénes pueden inscribirse? Todos aquellos y aquellas que realicen actividades en el marco de la economía popular como vendedores ambulantes, feriantes o artesanas; cartoneras y recicladores; pequeñas agricultoras y agricultores; trabajadoras sociocomunitarias y de la construcción; quienes trabajen en infraestructura social y mejoramiento ambiental y pequeños productores y productoras manufactureras, entre otros rubros. 4.-  ¿Cuáles son los requisitos? *  Ser mayor de 18 años. *  Trabajar en el sector de la economía popular. 5.-  Incompatibilidades *  Ser titular de más de 2 (dos) inmuebles. *  Ser titular de más de 3 (tres) automóviles. No se contemplan moto

El vínculo entre el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) y los Subsidios y Programas Sociales

Imagen
En 1964 y bajo la presidencia de Arturo Illia, se sancionaba la ley 16.459 de Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM). La Ley de Contrato de Trabajo (20.744) define al SMVM como:  “la menor remuneración que debe percibir en efectivo el trabajador sin cargas de familia, en su jornada legal de trabajo, de modo que le asegure alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestuario, asistencia sanitaria, transporte y esparcimientos, vacaciones y previsión” . Es de aplicación para todos los trabajadores comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo (20.744), en el Régimen de Trabajo Agrario, de la Administración Pública Nacional y de todas las entidades y organismos en que el Estado Nacional actúe como empleador. Hoy en día sus valores han quedado totalmente desactualizados, los convenios colectivos establecen salarios o sueldos superiores al SMVM. Sin embargo y asimismo, conocer su valor es de importancia porque su monto es utilizado para el cálculo de topes de ingresos para percibir subs