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Los Plazos de prescripción de las DEUDAS morosas: ¿Cuándo NO estamos obligados a pagarlas por inacción del acreedor?

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La Prescripción de las deudas En general, se denomina deuda a una obligación en mora o con retraso en el pago, es decir, aquella que ha vencido y no se ha pagado, lo que habitualmente genera intereses extras a los pactados originalmente, incrementando el valor final de la deuda. Cuando existe un incumplimiento, el acreedor tiene el derecho de poder cobrar su deuda, ya sea de manera extrajudicialmente o judicialmente. Y si el deudor no paga, este acreedor puede embargar parte del sueldo o solicitar remate de bienes, etc. En definitiva, el deudor va a responder por sus deudas con su patrimonio. Cabe aclarar que existen algunos bienes que son inembargables.     Sin embargo, ese derecho de cobro y su posibilidad de reclamar no es para siempre, existe un plazo, un tiempo determinado para hacerlo y ello es como consecuencia de la Prescripción liberatoria .   En concreto, las deudas prescriptas son aquellas que no estamos obligados a pagar porque el acreedor (Banco, ...