PRESTACIONES POR DESEMPLEO: se prorrogan hasta el 31 de agosto, los vencimientos que se produzcan entre el 1° de mayo y el 31 de julio de 2021

Introducción

Las Prestaciones por Desempleo, que forman parte del Sistema Nacional de Seguridad Social, fueron creadas en el año 1991, con la sanción de la Ley Nacional de Empleo N° 24.013. Precisamente, en el título IV (art. 111 a 127), se da nacimiento al Sistema Integral de Prestaciones por Desempleo para la protección del trabajador.

Prorroga

Como consecuencia de la emergencia pública en materia sanitaria, declarada partir de la pandemia por el Covid19,  Estado Nacional, a través del Ministerio de Trabajo de la Nación, fue prorrogando en distintos momentos los vencimientos de las prestaciones por desempleo.

El pasado 2 de junio, la Secretaria de Empleo, dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, resolvió, a través de la Resolución 576/2021, prorrogar y/o extender los vencimientos de las prestaciones por desempleo, también conocidas como seguros de desempleo.  

Así, el artículo 1° de la mencionada normativa expresa que se prorroga hasta el 31 de agosto de 2021 los vencimientos de las prestaciones por desempleo que se produzcan entre el 1° de mayo de 2021 y el 31 de julio de 2021. En dicho periodo, la cuota o monto a cobrar va a ser igual al 70% de la prestación original y serán de pago mensual.

Incremento del monto mínimo y máximo de las prestaciones por Desempleo

Como habíamos informado anteriormente, en otra entrada, conforme a la Resolución 4/2021, se incrementaron los montos mínimos y máximos a percibir. Dicho aumento se dio en forma escalonada para los meses de Abril, Mayo, Junio, Julio, Septiembre y Noviembre de 2021 y Febrero de 2022. Por ejemplo, desde el 1° de MAYO de 2021: $6.780 y $11.300, respectivamente; desde el 1° de JUNIO de 2021: $7.020 y $11.700; desde el 1° de JULIO de 2021: $7.200 y $12.000, etc.

Más información sobre esta temática en esta NOTA

 

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