POTENCIAR TRABAJO: nuevo monto a percibir como consecuencia del incremento del 35% del Salario Mínimo Vital y Móvil
En la última semana de abril, en reunión ordinaria del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, se resolvió, por 31 votos afirmativos y una abstención, el incremento del Salario Mínimo, Vital y Móvil en un 35 por ciento, en forma escalonada, no acumulativo y con revisión en el mes de Septiembre de 2021, teniendo en cuenta la evolución de la inflación del país.
El
Consejo Nacional, constituido por el Ministerio de Trabajo del Estado Nacional,
las cámaras empresariales e industriales y los gremios o sindicatos, fijo un
valor de $29.160, para febrero de 2021. Aunque aún falta la publicación en el Boletín
Oficial de la Nación, el escalonamiento del 35% es el siguiente:
·
9
% en ABRIL de 2021:
SMVM de $23.544
·
4
% en MAYO de 2021: SMVM de $24.408
·
4
% en JUNIO de 2021: SMVM
de $25.272
·
3
% en JULIO de 2021: SMVM
de $25.920
·
5
% en SEPTIEMBRE de 2021:
SMVM de $27.000
·
5
% en NOVIEMBRE de 2021:
SMVM de $28.080
·
5
%en FEBRERO de 2022: SMVM
de $29.160
Hasta
marzo de 2020, el SMVM fue de 21.600 pesos (Resolución 4/2020).
Dicha
suba impacta en el Programa Potenciar Trabajo (ex Argentina Trabaja, ex Ellas
Hacen, ex Hacemos Futuro y ex Proyectos Productivos Comunitarios), ya que la
suma que se cobra es igual al 50% del SMVM. Los nuevos valores a percibir, en
este programa, serían los siguientes:
MES/AÑO |
SMVM |
Potenciar Trabajo (50% del SMVM) |
A cobrar en los primeros días del
mes de |
Marzo
2021 |
21.600 |
10.800 |
Abril
|
Abril
2021 |
23.544 |
11.772 |
Mayo |
Mayo
2021 |
24.408 |
12.204 |
Junio |
Junio
2021 |
25.272 |
12.636 |
Julio |
Julio
2021 |
25.920 |
12.960 |
Agosto |
Septiembre 2021 |
27.000 |
13.500 |
Septiembre |
Noviembre
2021 |
28.080 |
14.040 |
Diciembre |
Febrero
2022 |
29.160 |
14.580 |
Marzo
2022 |
Recordamos,
en relación al Potenciar trabajo, que hasta el 15 de mayo de 2021, en necesario
realizar, en forma obligatoria y personal, una actualización de datos
personales y de contacto, al igual que lo referido a la Unidad de Gestión
(lugar donde se prestan las tareas): confirmarla o elegir otra.
Por
último, y como dicho en otras entradas, el SMVM, es utilizado para el cálculo
de topes de ingresos para percibir subsidios, solicitar becas, para fijar un
ingreso (como en el Potenciar Trabajo), etc. Podemos nombrar, por ejemplo:
1.- Programa Hogar (Garrafa Social):
los ingresos del grupo familiar no deben superar los 2 (dos) SMVM.
2.- Subsidio Gas en Red (Tarifa Social
Gas): el ingreso del titular del servicio de gas no debe superar los 2 (dos)
SMVM.
3.- Tarifa Social de Internet, Cable Y
Telefonía: Trabajadores/as Monotributistas inscriptos en una categoría cuyo
ingreso anual mensualizado no supere los 2 (dos) SMVM; Jubilados/as,
pensionadas/os y trabajadores/as en relación de dependencia que perciban una
remuneración bruta menor o igual a 2 SMVM, etc. etc.
4.- Becas Progresar: La suma de
los ingresos de la/el joven y los de su grupo familiar no debe ser superior a
tres (3) SMVM.
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