Características generales del Programa Jóvenes y Micro, Pequeñas y Medianas Empresas
El
pasado lunes 3 de mayo de 2021, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad
Social y el Ministerio de Desarrollo Productivo, ambos de la Nación, crearon, a
través de la Resolución Conjunta 4/2021, el Programa Jóvenes y Micro, Pequeñas
y Medianas Empresas, conocido con la abreviación de: “PROGRAMA JÓVENES Y
MIPYMES”
Allí
se fijaron los lineamientos y las características generales del programa.
Posteriormente, diversas secretarias
nacionales deberán emitir las normas reglamentarias y operativas para su
aplicación concreta.
Destinatarios
Son
beneficiarios aquellos jóvenes de entre 18 y 24 años de edad inclusive, que se
encuentren desempleados y hallan completados sus estudios de nivel secundarios
(es decir, de Nivel Medio) en su totalidad.
La
“otra” pata del programa, son las empresas Pymes: pueden participar aquellas Micro,
Pequeñas y Medianas Empresas que encuentren categorizadas y/o registradas como MiPyMES, de acuerdo a lo dispuesto por
la Resolución 220/2019 de la Secretaría de Emprendedores y de La Pequeña y
Mediana Empresa. Estas
empresas van a formar, entrenar y, en su caso, contratar trabajadoras/es
de entre 18 y 24 años de edad,
como dijéramos en párrafos anteriores.
Cuáles son los
objetivos del Programa
Potenciar
en forma conjunta o asociada (Pymes y Jóvenes) la creación de nuevas formas de
producción y de nuevos puestos de trabajo. Favorecer la incorporación de los
destinatarios al mercado de trabajo formal y el entrenamiento, la capacitación
o la formación de estos.
Prestaciones
previstas para los/as jóvenes
A.- Participación en cursos de
capacitación ofrecidos por las Oficinas de Empleo.
B.- Participaciones en acciones de Intermediación
Laboral.
C.- Promoción hacia la inserción laboral
en las Empresas que son parte del del Programa.
D.- Acciones de entrenamiento para el
trabajo. En este caso, la carga horaria es de 4 horas diarias mínimas o 20
horas semanales. En este caso se percibirá una prestación o ayuda económica
de un monto a determinar por la Secretaría de Empleo del Ministerio De Trabajo
de la Nación.
Prestaciones
previstas para las empresas
Las
Empresas que participen o sean parte del programa pueden acceder a Aporte No Reembolsables cuando contraten en
relación de dependencia a una o más personas inscriptas en el Programa,
bonificaciones adicionales en la tasa de interés cuando se soliciten créditos (líneas
de financiamiento), Servicio de Intermediación Laboral, etc.
Implementación
territorial
Se
desarrollara por medio de las Agencias Territoriales del Ministerio de Trabajo,
los Municipios o Municipalidades que posean Oficinas de Empleo Integradas a la
Red de Oficinas Ministerio de Trabajo y los dispositivos territoriales del Ministerio
de Desarrollo Productivo.
Listado
de Oficinas de Empleo: https://www.argentina.gob.ar/trabajo/mapa-oficinas
Link de la Resolución
Conjunta 4/2021
·
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/243886/20210503
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