JUBILACIONES y Pensiones No Contributivas: FECHAS y MONTOS a Cobrar en AGOSTO de 2025

Introducción

Las Jubilaciones y Pensiones Contributivas, las Pensiones NO Contribuyas por Invalidez/Incapacidad, las Pensiones para Adultos Mayores (conocidas como PUAM) y las Pensiones para Madres de 7 o más hijos/as (así como el resto de prestaciones que la ANSES tiene a su cargo) recibirán un ajuste, suba o incremento del 1,62 % en el mes de AGOSTO de 2025, lo cual quedo oficializado en el boletín oficial con la Resolución 278/2025 de la ANSES. Por lo tanto, los nuevos montos a cobrar en bruto son los siguientes:

*.- Jubilaciones mínimas: $ 314.305

*.- Pensión para Madres de 7 o más hijos/as: $ 314.305 (su monto equivale al 100 % de la Jubilación o haber mínimo).

*.- Pensiones no Contributivas por Incapacidad/invalidez: $ 220.014 (su monto equivale al 70 % de la Jubilación o haber mínimo).

*.- PUAM (Pensión para el adulto mayor): $ 251.444 (su monto equivale al 80 % de la Jubilación o haber mínimo).

BONO de 70.000 pesos

A estos montos de haberes se le suma el BONO de 70.000 en agosto 2025.  Respecto al incremento del 7,2 % y BONO a $ 110.000 en Jubilaciones y Pensiones recientemente aprobado en la CÁMARA de SENADORES; ello aún no es aplicable, es decir, no tiene vigencia todavía, ya que se necesita la promulgación del Presidente, lo cual, como ya adelantó, NO va a realizar (es decir, lo vetara). Respecto a lo que debería suceder para que tenga vigencia y sea pagado, podés ver esta NOTA.

Las FECHAS de pago en el mes de AGOSTO de 2025

Las fechas de pagos fueron establecidas para todo el año 2025 por la Resolución N° 1091/2024 de la ANSES. En lo que respecta a AGOSTO 2025, debemos recurrir al ANEXO 8 de dicha normativa.

I.- PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS:

*.- Documentos terminados en 0 y 1, a partir del día 8 de Agosto/2025.

*.- Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 11 de Agosto/2025.

*.- Documentos terminados en 4 y 5, a partir del día 12 de Agosto/2025.

*.- Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 13 de Agosto/2025.

*.- Documentos terminados en 8 y 9, a partir del día 14 de Agosto/2025.

II.- JUBILACIONES que cobran el haber mínimo

*.- Documentos terminados en 0, a partir del día 8 de Agosto/2025.

*.- Documentos terminados en 1, a partir del día 11 de Agosto/2025.

*.- Documentos terminados en 2, a partir del día 12 de Agosto/2025.

*.- Documentos terminados en 3, a partir del día 13 de Agosto/2025.

*.- Documentos terminados en 4, a partir del día 14 de Agosto/2025.

*.- Documentos terminados en 5, a partir del día 14 de Agosto/2025.

*.- Documentos terminados en 6, a partir del día 18 de Agosto/2025.

*.- Documentos terminados en 7, a partir del día 19 de Agosto/2025.

*.- Documentos terminados en 8, a partir del día 20 de Agosto/2025.

*.- Documentos terminados en 9, a partir del día 21 de Agosto/2025.

III.- JUBILACIONES que cobran un haber superior al mínimo 

*.- Documentos terminados en 0 y 1, a partir del día 22 de Agosto/2025.

*.- Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 25 de Agosto/2025.

*.- Documentos terminados en 4 y 5, a partir del día 26 de Agosto/2025.

*.- Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 27 de Agosto/2025.

*.- Documentos terminados en 8 y 9, a partir del día 28 de Agosto/2025.

Montos a cobrar en total: Haber más BONO en cada prestación en AGOSTO 2025

Montos a cobrar en total: Haber más BONO en cada prestación en AGOSTO 2025

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