Programas Volver al Trabajo y de Acompañamiento Social: la incompatibilidad por gastos y consumos con tarjetas de crédito y/o débito y/o billeteras virtuales

 Volver al Trabajo y  Acompañamiento Social la incompatibilidad por gastos y consumos con tarjetas de crédito yo débito yo billeteras virtuales

Introducción

Por medio del Decreto 198/2024, emitido el febrero de este año 2024, el Gobierno Nacional reemplazo al Programa Potenciar Trabajo, por dos nuevos: VOLVER AL TRABAJO y DE ACOMPAÑAMIENTO SOCIAL.

El PROGRAMA VOLVER AL TRABAJO funciona en el ámbito de la Secretaría de Trabajo y tiene por objetivo de “(…) desarrollar un nivel de competencias sociolaborales para sus beneficiarios/as que les permita alcanzar un nivel de empleabilidad y mejorar sus oportunidades de inserción laboral a través de su participación en actividades de formación laboral, prácticas formativas en ambientes de trabajo y asistencia al desarrollo de emprendimientos productivos.”

Por otro lado, el PROGRAMA DE ACOMPAÑAMIENTO SOCIAL, que depende de la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, tiene como misión la de “(…) promover la inclusión social y la mejora de las condiciones de vida de las personas pertenecientes a los hogares con mayor grado de exclusión y vulnerabilidad social, apuntando a fortalecer su núcleo familiar y la comunidad en donde viven.

En abril del 2024, Ministerio de Capital Humano de la Nación dicto la Resolución 84/2024 por la cual, en distintos anexos, se crearon los LINEAMIENTOS GENERALES Y OPERATIVOS DEL PROGRAMA VOLVER AL TRABAJO DE ACOMPAÑAMIENTO SOCIAL, entre otras cosas, las Compatibilidades e Incompatibilidades con otros planes, programas o prestaciones sociales.

La incompatibilidad por gastos y consumos con tarjetas de crédito y/o débito y/o billeteras virtuales

*.- PROGRAMA DE ACOMPAÑAMIENTO SOCIAL: el punto 9, del ARTÍCULO 16 del ANEXO II, de la resolución antes mencionada, expresa que NO se podrán realizar gastos y/o consumos dentro y fuera del país con tarjetas de crédito y/o débito y/o billeteras virtuales en los últimos SEIS (6) meses, cuyo promedio mensual supere el monto equivalente al Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM).

Recordemos que desde agosto de 2024 el SMVM es de 262.432 pesos. En consecuencia, por ejemplo en agosto (como en todos los meses) el Ministerio de Capital Humano suma todos los gastos y consumos realizados con tarjetas de crédito y/o débito y/o billeteras virtuales (Mercado Pago, UALA, PREX, Lemon, Naranja X, etc.) de los últimos 6 meses y lo divide por 6 para obtener el promedio mensual, el cual no debería ser superior a 262.432 pesos.

Con esta incompatibilidad, pueden verse perjudicado quienes trabajan o realizan alguna actividad (o venta) en negro, no registrada, informal, en la cual percibe esos ingresos por billeteras virtuales, por montos superiores al SMVM.

A partir del 1/09/2024, el SMVM será de $ 268.056 y desde el 1/10/2024, de $ 271.571.

*.- PROGRAMA VOLVER AL TRABAJO: en este caso, el ANEXO I de la Resolución 84/2024, no menciona ni hace alusión a la incompatibilidad por gastos y consumos realizados con tarjetas de crédito y/o débito y/o billeteras virtuales. No obstante, debería tenerse la precaución de tampoco superar mensualmente los montos el SMVM, tal como se dispone en el Programa anterior y como, en algunas consultas de años anteriores, el hoy extinto Ministerio de Desarrollo Social daba como respuesta por Correo Electrónico a los beneficiarios del Potenciar Trabajo.

Nuestras notas sobre Compatibilidades e Incompatibilidades en general

PROGRAMA DE ACOMPAÑAMIENTO SOCIAL (ex Potenciar Trabajo): Compatibilidades e Incompatibilidades con otros planes o prestaciones según Resolución 84/2024

PROGRAMA VOLVER AL TRABAJO (ex Potenciar Trabajo): Compatibilidades e Incompatibilidades con otros planes o prestaciones según Resolución 84/2024

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