Se oficializo el listado de las BAJAS en el Programa DE ACOMPAÑAMIENTO SOCIAL

 Se oficializo el listado de las BAJAS en el Programa DE ACOMPAÑAMIENTO SOCIAL

Introducción

Con la publicación en el Boletín Oficial del día jueves 3 de abril de 2025 de la DISPOSICIÓN 4/2025 de la Subsecretaría de Promoción Humana del Ministerio de Capital Humano de la Nación, se oficializó las bajas en el Programa DE ACOMPAÑAMIENTO SOCIAL (conocido como PAS) desde el 5 de enero del 2025 por 3 razones:

*.- ARTÍCULO 1 (Anexo 1): las bajas de aquellas personas que no han realizado el relevamiento en el plazo previsto por la normativa vigente.

*.- ARTÍCULO 2 (Anexo 2): las bajas de aquellas personas que no presentaron la documentación suficiente que justifique los motivos por lo que no pudieron realizar el trámite para la actualización de sus datos y revertir la suspensión del cobro de la asignación dineraria mensual inicial no remunerativa.

*.- ARTÍCULO 3 (Anexo 3): las bajas de aquellas personas que se han detectado que son incompatibles según lo establecido en el artículo 17 de la Resolución del Ministerio de Capital Humano n° 84/2024, que se detalla a continuación, en el punto siguiente de esta nota.

Incompatibilidades en el Programa DE ACOMPAÑAMIENTO SOCIAL

La percepción de la asignación dineraria del PROGRAMA DE ACOMPAÑAMIENTO SOCIAL es incompatible para aquella persona que:

1.- Sea prófugo de la justicia penal y/o correccional nacional, provincial o federal.

2.- Sea titular de cualquier tipo de establecimiento comercial abierto al público como propietario, arrendatario, usufructuario u otro concepto análogo, así como con la titularidad de cualquier tipo de explotación agrícola o ganadera que no sean las establecidas en el Registro Nacional de la Economía Popular.

3.- Perciba un subsidio o prestación monetaria no reintegrable con fines de empleo y/o capacitación otorgada por el Estado Nacional, Provincial, Municipal o del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

4.- Sea titular de más de 1 bien inmueble.

5.- Sea titular de un automotor, embarcaciones y/o aeronaves, cuya antigüedad sea menor a 10 años.

6.- Perciba pensiones o prestaciones del Sistema de la Seguridad Social, mutualidades de previsión o de cualquier otro sistema público de protección: jubilación contributiva o no contributiva, pensiones a la vejez o por invalidez, PUAM,  prestación o subsidio por desempleo, mayor de 65 años que se encuentre en condiciones de tramitar/percibir cualquier tipo de beneficio de los previstos en el Sistema de Seguridad Social.

7.-  Realiza alguna prestación social y/o de empleo en el estado provincial, de la CABA, municipal o en organizaciones no gubernamentales cuyas tareas suplante la actividad propia de los empleados de los mismos.

8.- Halla viajado al exterior un tiempo suficiente que impida cumplir con la contraprestación correspondiente o a destinos que no guarden relación con su situación de vulnerabilidad.

9.- Halla realizado gastos y/o consumos dentro y fuera del país con tarjetas de crédito y/o débito y/o billeteras virtuales en los últimos 6 meses, cuyo promedio mensual supere el monto equivalente al Salario Mínimo (SMVM).

10.-  Encontrase inscripto en el Monotributo en la categoría “C” o superiores, o en el régimen de autónomos.

11.-  Haber accedido al mercado de cambios a los fines de la obtención de divisas con fines de ahorro (compara de dólares) u otra moneda extranjera.

Como ver los cada uno de los listados y como saber en cual estoy

La Disposición 4/2025 contiene al final de la misma 3 anexos, cada uno de los cuales tiene un listado de personas que han sido dados de baja ordenados alfabéticamente y con los siguientes datos (Apellido, Nombre, DNI, CUIT/CUIL y DOMICILIO) según 3 motivos:  

ANEXO 1: BAJAS por no haber realizado el relevamiento o actualización en el plazo previsto.

ANEXO 2: BAJAS por no presentar la documentación suficiente que justifique los motivos por lo que no pudieron realizar el trámite para el relevamiento o actualización de sus datos personales y de contacto.  

ANEXO 3: BAJAS por la detección de INCOMPATIBILIDADES.  

Click en: VER DISPOSICIÓN 4/2025 y sus ANEXOS en PDF

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