Este sábado el Ministerio de Capital Humano anuncio que darán de baja a 27.000 Planes Sociales

 El Ministerio de Capital Humano anuncio que darán de baja a 27.000 planes sociales

Introducción

A través de su cuenta de X (ex twitter) del Ministerio de CAPITAL HUMANO, a cargo e la Licenciada SANDRA PETTOVELLO, informo que se darán de baja más de 27.000 planes sociales como consecuencia de que se realizó la verificación de datos y cumplimiento de requisitos de todos los titulares de los programas Potenciar Trabajo y Potenciar Empleo.

Baja Programas Sociales 2024 Capital Humano

Se detectaron incompatibilidades varias

Desde esa cartera ministerial se comunicó que se detectaron 27.208 planes Potenciar Trabajo y 12 Potenciar Empleo con incompatibilidades a los que inmediatamente se les suspendió el pago, evitando así la erogación incorrecta de 2000 millones de pesos del Estado nacional.

Algunas de las incompatibilidades detectadas por el cruce de información entre ANSES y el SINTyS (Sistema de Identificación Nacional Tributaria y Social) fueron: beneficios de jubilación o pensión, prestación por desempleo, monotributistas categoría C o superior, trabajadores autónomos, residencia en el extranjero, fallecidos, poseer un auto con menos de 10 años de antigüedad.

Te recordamos que a través de la Resolución n° 17/2023, el Ministerio de CAPITAL HUMANO ya había suspendido preventivamente del pago del Salario Social Complementario a los titulares del Programa “POTENCIAR TRABAJO”, identificados en el listado que como ANEXO  acompaña a la resolución antes mencionada (VER NOTA para ampliar). 

Repaso de las Compatibilidades e Incompatibilidades en el Potenciar Trabajo

De acuerdo al punto 7.2 del anexo de la Resolución 1868/2021, las Compatibilidades e Incompatibilidades en el Potenciar Trabajo son las siguientes:

1.- COMPATIBILIDADES: la percepción de la prestación económica es compatible con:

*.- Asignación Universal por Hijo/a.

*.- Asignación Universal por Embarazo para Protección Social.

*.- Prestaciones de carácter alimentario (tarjeta alimentar, por ejemplo).

*.- Trabajadores independientes que se encuentren inscriptos en el Monotributo Social, Monotributo autónomo categoría A, Trabajador independiente promovido

*.- Trabajadores dependientes registrados bajo el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares (Servicio Doméstico).

*.- Trabajadores contratados bajo las modalidades de trabajo temporario o trabajo permanente discontinuo, conforme lo dispuesto en los artículos 17 y 18 de la Ley N° 26.727 (Trabajador Rural)

*.- Trabajadores contratados para desarrollar actividades agropecuarias bajo la modalidad establecida en el artículo 96 de la Ley N° 20.744.

*.- Ser propietario de hasta un (1) bien inmueble.

2.- INCOMPATIBILIDADES: aquellas personas que:

*.- Posean empleo formal registrado, en blanco o formal.

*.- Sean prófugos de la justicia.

*.- Sean titulares de cualquier tipo de establecimiento comercial abierto al público como propietario, arrendatario, usufructuario u otro concepto análogo, así como con la titularidad de cualquier tipo de explotación agrícola o ganadera que no sean las establecidas en el Registro Nacional de la Economía Popular.

*.- Sean titulares de más de 1 bien inmueble.

*.- Sean titulares de un automotor, embarcaciones y/o aeronaves, cuya antigüedad sea menor a 10 años.

*.- Perciban pensiones o prestaciones del Sistema de la Seguridad Social como por ejemplo: jubilación contributiva o no contributiva, pensiones a la vejez o por invalidez, pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), pensión por Incapacidad Permanente Total, prestación o subsidio por desempleo reconocido por pérdida de un empleo a jornada completa.

*.- Quienes sean mayores de 65 años de edad que se encuentren en condiciones de tramitar/percibir cualquier tipo de beneficio de los previstos en el Sistema de Seguridad Social.

*.- Que realicen alguna prestación social y/o de empleo en el estado provincial, municipal o en organizaciones no gubernamentales cuyas tareas suplante la actividad propia de los empleados de los mismos.

Comentarios

  1. Q pasa con los planes nexos o dobles

    ResponderBorrar
  2. Que cobren todos igual porq muchos no trabajan y cobran doble porq son sobribos de...o hijos de..que cobren todoa igual y saquen los dobles

    ResponderBorrar

Publicar un comentario