Elecciones del 19 de noviembre/2023: ¿Cómo consultar donde voto? ¿Cuáles son las SANCIONES si NO voy a votar?
Este domingo 19 de noviembre/2023 tendrá
lugar la segunda vuelta o balotaje de las elecciones nacionales, en las cuales
se deberá elegir entre 2 (dos) candidatos posibles: el abogado y actual
Ministro de Economía de la Nación, Sergio
Massa (Unidad por la patria) y el economista Javier Milei (de la Libertad Avanza).
Personas obligadas a votar
En nuestro país, votar es obligatorio
para las personas de entre 18 y 70 años de edad y que figuran en el padrón
electoral.
Personas que pueden optar por votar o no
El voto es optativo para los jóvenes
mayores de 16 años y menores de 18 (es decir, de 16 y 17 años), así como las personas
mayores de 70 años (es decir, 71 años o más). En estos casos pueden elegir votar o no
hacerlo, sin tener ninguna consecuencia legal.
Personas que no podrán votar
De acuerdo a la Cámara Nacional Electoral,
NO pueden votar en las elecciones del domingo próximo:
*.- Quienes que no figuren en el padrón
electoral.
*.- Los electores que no presenten
documento (DNI) habilitante. Los documentos válidos para votar (según art. 167,
CEN) son la Libreta de enrolamiento/libreta cívica, DNI libreta verde, DNI
libreta celeste, Tarjeta del DNI libreta celeste, que contiene la leyenda “No
válido para votar”, Nuevo DNI tarjeta.
*.- Quienes figuren en el padrón
anulados/as por la Justicia Nacional Electoral, aunque aleguen error.
*.- Aquellos que presenten un Documento Nacional de Indemnidad (DNI) anterior al que figura en el padrón. “El ejemplar del documento debe ser igual o posterior al que figura en el padrón. No se permitirá el voto de ciudadanos/as cuyo documento corresponde a un ejemplar anterior al que figura en el padrón electoral ni de aquellos/as que presenten el “DNI en su celular”.
Personas exentas de votar
Están exentos de votar, pero deben
justificar su ausencia si NO lo hacen:
*.- Los que el día de la elección se
encuentren a más de 500 kilómetros del lugar donde deban votar y
justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables. Tales electores se
presentarán el día de la elección a la autoridad policial más próxima, la que
extenderá certificación escrita que acredite la comparecencia;
*.-
Los enfermos o
imposibilitados por fuerza mayor,
suficientemente comprobada, que les impida asistir al acto. Estas causales
deberán ser justificadas en primer término por médicos del servicio de sanidad
nacional; en su defecto por médicos oficiales, provinciales o municipales, y en
ausencia de éstos por médicos particulares.
Sanciones por no concurrir a votar: económicas y para tramites…
De acuerdo al artículo 125 del Código
Electoral Nacional (Ley 19.945) “Se impondrá
multa de $ 50 a $ 500 al elector
mayor de 18 años y menor de 70 años de edad que dejare de emitir su voto y no se justificare ante la justicia
nacional electoral dentro de los 60 días de la respectiva elección (…)”
IMPORTANTE: quien no pague la multa NO podrá
realizar gestiones o trámites durante un (1) año ante los organismos estatales
nacionales, provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o municipales
(artículo 126 del Código Electoral Nacional).
¿Cómo consultar donde se vota?
A estos efectos Justicia Nacional
Electoral en cabeza de la Cámara Nacional Electoral (CNE) ha puesto a
disposición una página web (ver mas abajo). Allí, para
saber el lugar donde se vota y el número y orden a mesa, se debe ingresar una
serie datos tales como: el número de DNI, el Género (cuyas opciones son Masculino,
Femenino, Sin especificar), Distrito (es decir, en qué provincia se reside) y
numero del captcha verificador de control.
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