Ampliación de los Créditos de ANSES: de $ 400.000 a $ 600.000 para Jubilaciones y Pensiones y de $ 400.000 a un 1 millón en trabajadores en relación de dependencia

 Ampliación de los Créditos de ANSES noviembre 2023

Introducción

Este miércoles 1° de Noviembre, el ministro de Economía, Sergio Massa, y la directora ejecutiva de la Anses, Fernanda Raverta, informaron una ampliación en los montos a solicitar en los créditos ofrecidos por la ANSES:

1.- En titulares de Jubilaciones y Pensiones: aumento del 50%, de $ 400.000 a $ 600.000.

2.- En trabajadores y trabajadoras en relación de dependía: suba del 150%,  de  $ 400.000 a un 1 millón de pesos.

Massa expreso que “Esta decisión mejora la capacidad de crédito de trabajadores y jubilados en la Argentina. Aspiramos, además, a que esta medida sirva, en muchos casos, para resolver temas de endeudamiento, de tarjeta de crédito, de mutuales, que sabemos que a veces complican la vida del trabajador".

IMPORTANTE: Estos nuevos montos estarán disponibles para quienes soliciten un crédito a partir del próximo lunes 6 de noviembre/2023. Y, quienes ya hayan solicitado un crédito, podrán pedir la extensión del monto de forma virtual desde la página web de la ANSES: https://www.anses.gob.ar/

Créditos de ANSES para Jubilaciones y Pensiones

En este caso, el crédito se  solicita en una oficina de la ANSES, con turno previo. Los cual no es fácil, hoy por hoy. Es casi imposible conseguir un turno por la web. Esta línea de créditos tiene  una tasa de interés subsidiada del 29%, si dudas, la mejor del mercado.

En relación a los REQUISITOS, se debe residir en el país y tener menos de 92 años de edad al momento de finalizar el crédito. No se podrá comprar moneda extranjera.

La cuota del crédito no puede exceder el 30% del ingreso mensual en bruto del solicitante. El crédito se deposita en la cuenta bancaria dentro de los 5 días hábiles.

Créditos de ANSES para trabajadores en relación de dependencia

En condición necearía o requisito ser un  trabajador en relación de dependencia NO alcanzado por el Impuesto a las Ganancias, es decir, con salarios no mayores a 1.980.000 pesos en bruto (antes era hasta $700.875). El crédito de hasta 1 millón de pesos presenta una tasa subsidiada por el Estado Nacional del 50% y se podrá sacar en 24, 36 o 48 cuotas, que se depositará en la tarjeta de crédito asociada a la cuenta sueldo de la persona solicitante.

El crédito se podrá solicitar a través del sitio web dela ANSES o de la aplicación MI ANSES, todos los días de 10 a 20 horas.

1.- Se debe contar con tu Clave de la Seguridad Social. Si no se tiene una se la puede crear.

2.- Ingresar a MI ANSES con el CUIL y Clave de la Seguridad Social y elegir la opción Créditos trabajadores en relación de dependencia. También se puede hacer desde el celular descargando la APP MI ANSES.

3.- Generar la solicitud. El aplicativo va guiando hasta completar la solicitud. Se puede consultar el estado del trámite en MI ANSES.

4.- Finalizar el trámite. Una vez que haya procesado la solicitud, ANSES enviara un código por mensajería. Cuando se reciba el código, tenés que acercarte a una oficina de ANSES, sin turno previo, para confirmar la identidad (llevar DNI y el código) y finalizar el trámite. El trámite se dará de baja automáticamente si no se te presentas dentro de los 7 días hábiles.

5.- Anses te va a notificar cuando tu solicitud haya sido aceptada. Una vez aprobada, se te va a acreditar el monto solicitado en tu tarjeta de crédito en los próximos 7 días hábiles.

Los trabajadores/as aportantes al SIPA (es decir al ANSES) solicitantes del crédito deben cumplir con los siguientes requisitos (Decreto 463/2023, art. 3):

I.- Encontrarse en relación de dependencia al momento de la solicitud del crédito.

II.- Encontrarse residiendo de manera permanente en la REPÚBLICA ARGENTINA.

III.- Poseer una antigüedad no inferior a 6 meses continuos bajo el mismo empleador.

IV.- No superar, a la fecha de finalización del pago del crédito, la edad legal de jubilación: 65 años.

V.- No superar la “Situación 2”, según la categoría registrada que estipula la Central de Deudores que publica el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (BCRA).

VI.- No ser beneficiario/a de jubilación y/o pensión con línea de Crédito vigente dentro del PROGRAMA “CRÉDITOS ANSES”.

VII.- En necesario ser titular de una tarjeta de crédito de un Banco que opere en la República Argentina, donde la persona tomadora perciba su remuneración mensual.

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