Controles de Salud y Educación en la Libreta AUH: ¿qué se debe completar según la edad del niño/a o adolescente?
Introducción
De acuerdo a lo establecido por la normativa de ANSES, todos los años es necesario que las y los titulares de la Asignación Universal por Hija/o (AUH), tienen que presentar el formulario de Libreta AUH completo: “PS. 1.47 versión 1.4 Asignación Universal - Acreditación de datos de salud, vacunación y educación” Una vez descargado, se debe imprimirlo y completado con nombre, apellido, CUIL y datos del domicilio del padre o madre y el de la hija y/o hijo. Por último, se debe firmarlo.
La presentación de este formulario es
obligatorio y habilita, además, a cobrar el 20% del complemento acumulado mes a
mes durante el año anterior (2022). Se realiza de forma presencial en una
oficina de ANSES y NO se necesita turno previo. Se tiene tiempo hasta el último
día hábil del año 2023.
Montos a cobrar Libreta AUH
El monto del retroactivo a cobrar en este
año 2023 que se corresponde a lo retenido durante el año 2022, para la AUH
(valor general) por hijo/a es de $
7.536,60, en el caso de que se la hubiese cobrado por los 12 meses del
2022. “Por ejemplo, si se comenzó a
cobrar AUH desde JULIO 2022 (es decir, se cobró en últimos 6 meses de año
2022), el monto a percibir por retroactivo es de $ 11.440,80 por hijo/a, es decir, se percibe un monto proporcional”.
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1 hijo/a: $ 17.536,60.
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2 hijos/as: $ 35.073,20.
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3 hijos/as: $ 52.609,80.
En el caso de AUH para hijo/a con
discapacidad, el monto retenido a cobrar por hijo/a es de $ 57.119, siempre y cuando se hubiese sido beneficiario/a por los
12 meses del 2022. Caso contrario, se cobra un proporcional, como enunciáramos
antes.
¿Qué se debe completar según la edad del niño/a o adolescente?
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Controles de salud y de vacunación en un centro de salud: por los hijas y/o hijos de los 0 a 17 años, inclusive.
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Datos de Educación/Escolaridad en la escuela: por las hijas y/o hijos de entre 5 y 17 años, inclusive. Te recordamos
que si tiene entre 0 a 4 años
inclusive, no es obligatorio completar esta parte.
¿Libreta AUH en una clínica privada?
Es posible hacer llenar la libreta en una clínica privada: “(…) La acreditación en la Libreta y/o Formulario de los requisitos relativos a los controles sanitarios y al plan de vacunación obligatoria, dispuestos en el inciso e) del artículo 14° ter de la Ley N° 24.714, estará a cargo de los profesionales de la salud matriculados que se desempeñen en establecimientos de salud PRIVADOS o públicos de carácter nacional, provincial o local” (Resolución de ANSES N° 203/2019).
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