Reintegro por COMPRAS: prorroga, monto máximo mensual y momento de la devolución o acreditación

Introducción

A través de la Resolución General 4676/2020 de la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) se creó un régimen de reintegros (devolución de una parte de lo que se compra) a sectores vulnerados, el cual se aplica cuando se abonen o paguen las compras de bienes muebles realizadas en comercios minoristas y/o mayoristas mediante la utilización de tarjetas de débito, asociadas a cuentas vinculadas a los beneficios de jubilación, pensión y/o asignación.

Son beneficiarios/as de este programa las personas que perciban:

a.- Jubilaciones y pensiones por fallecimiento, en una suma mensual que no exceda el haber mínimo garantizado vigente, desde Diciembre del 2022, $ 50.124. 

b.- Asignaciones universales por hijo/a para protección social (AUH).

c.- Asignaciones por embarazo para protección social (AUE)

d.- Pensiones no contributivas nacionales, en una suma mensual que no exceda el haber mínimo garantizado vigente, desde Diciembre del 2022, 50.124 pesos. 

Asimismo, estan excluidos/as de este beneficio cuando las personas antes mencionadas:

I.- Cobren más de un beneficio asistencial o de la seguridad social (jubilación más pensión, por ejemplo).

II.- Se encuentren obligados a tributar el impuesto sobre los bienes personales, siempre que dicha obligación no surja exclusivamente de la tenencia de un inmueble para vivienda única.

III.- Perciban otros ingresos que hayan sido declarados en el impuesto a las ganancias y/o en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo).

VI.- Perciban ingresos en relación de dependencia o estén inscriptos en el Sistema Integral Previsional Argentino (SIPA) como trabajadores autónomos.

Prorroga del reintegro por compras 

Recientemente, por medio de la Resolución General 5309/2022 la AFIP prorrogo o extendió este régimen de reintegros para las operaciones que efectúen sus beneficiarios hasta el 30 de junio de 2023, inclusive, ya que vencía el 31/12/2022

Monto máximo mensual del reintegro por compras

El reintegro es de un 15 % del monto de cada compra. Sin embargo existe, un tope mensual: el monto mensual reintegrado no podrá superar la suma de $ 2.028 por beneficiario/a.

Cuando se trate de beneficiarios/as que perciban 2 o más prestaciones de algunos de los siguientes beneficios sociales: AUH, AUE y hasta una pensión por fallecimiento que no exceda el haber mínimo, el referido reintegro no podrá superar la suma de $ 4.057.

Momento y/o plazo de la devolución o acreditación del reintegro por compras  

* Para las operaciones de compra que se realicen entre las 00:00 horas y las 17:00 horas del mismo día, la acreditación en cuenta se hará efectiva dentro de las 24 horas hábiles de efectuada cada operación.

* Para las operaciones de compra que se realicen luego de las 17:00 horas, el reintegro se realizará dentro de las 48 horas hábiles de efectuada cada operación de compra.

Ejemplos reintegro por compras  con el TOPE de $ 2.028

Por ejemplo, si se realiza 3 compras por $ 5.000 en el mes:

1° compra: reintegro de $ 750.

2° compra: reintegro de $ 750 (existen $ 1.500 de reintegro acumulado, en la próxima compra nos van a reintegrar lo que falta para llegar al tope de 2.028)

3° compra: reintegro de $ 222, ya no es de $ 750 porque sobrepaso el tope mensual de 2028.

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