No me pagaron la Ayuda Escolar 2022 en marzo: ¿Qué debo hacer, cuando cobro y que monto?

Introducción

Como ha informado oportunamente la Anses y nosotros hemos publicado en este Blog, este organismo de la Seguridad Social está culminando el pago automático de la Ayuda Escolar Anual correspondiente al año 2022 para los niños, niñas y adolescentes de entre 4 y 6 años de edad, la cual se deposita en la misma cuenta y fecha en la que se cobra la AUH o las Asignaciones Familiares SUAF. Por lo tanto, mañana martes 22 de marzo, están cobrando las terminaciones de DNI 9.

Más allá del pago automático, en todos los casos se debe presentar el certificado de escolaridad hasta el 31 de diciembre de 2022 de la forma en que ha informado la ANSES en que debe realizarse (se puede ver en esta nota de nuestro blog: VER NOTA). Pero, ¿qué sucede si NO cobre en forma automática en marzo? ¿O si los hijos o hijas, tienen, 17 años o menos de 4, por ejemplo? Te lo contamos a continuación, en el punto siguiente.

¿Qué debo hacer si no percibí la Ayuda Escolar 2022 en forma automática en el mes de marzo?

En estos casos se debería presentar lo mas rápidamente posible a través de MI ANSES (o en forma presencial con turno previo solicitado) el certificado escolar o de escolaridad por cada uno de los hijos/as. Te recordemos que el único certificado de escolar válido y que sirve es el que se descarga desde la Pagina Web de la ANSES, es decir, desde MI ANSES (con CUIL y Clave de seguridad Social) escogiendo la Opción Hijas e hijos > Presentar un Certificado Escolar > Generar Certificado.

Luego se debe completar con los datos del hijo/a (es un certificado por cada uno) y se lo baja e imprime para hacerlo firmar por la escuela u establecimiento educativo incorporado a la enseñanza oficial. Por último, se le saca una foto y e sube a MI ANSES, en Hijas e hijos > Presentar un Certificado Escolar > Subir Certificado.

¿Cuándo cobraría y que monto de Ayuda Escolar 2022?

De acuerdo a la información suministrada por la ANSES, una vez  presentado el respectivo certificado, se estaría cobrando hasta dentro de un plazo no mayor a 2 (dos) meses. El monto a cobrar se corresponde a valor de la Ayuda Escolar al momento de producirse el pago. Si, por ejemplo, se cobrara en JUNIO, allí el valor de tal Ayuda seria mayor por aplicársele el incremento por ley de MOVILIDAD de junio, el segundo del año (marzo/junio/septiembre/diciembre). ¿Cuál es el sustento legal de esto?  El artículo 13 de la Resolución 19/2021 de la ANSES: nos dice que “(…) la Asignación se liquidará al monto vigente al período en que se ponga al pago”

Los mostos actualmente vigentes (marzo/2022) son los siguientes:

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