Potenciar Trabajo y Acompañar: repasamos las compatibilidades e incompatibilidades en estos 2 programas

Compatibilidades e incompatibilidades en el POTENCIAR TRABAJO

Hace menos de un mes el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación emitió la Resolución N° 1868/2021 (31/12/2021) por la cual se aprueban los lineamientos de funcionamiento del programa nacional “Potenciar Trabajo”. Si bien estos ya existían, se realizó un actualixacion de los mismos, eliminándose la anterior normativa, la Resolución N° 285/2020.

De acuerdo al Anexo de la Resolución N° 1868/2021 (Punto 7.2), el cobro de la prestación económica (llamada Salario Social Complementario) es Compatible con:

* El cobro de la Asignación Universal por Hijo/a (AUH).

* El cobro de la Asignación Universal por Embarazo (AUE).

* Las prestaciones económicas o materiales de naturaleza habitacional y/o de protección familiar otorgadas por el Estado Nacional, Provincial, Municipal o del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA). Por ejemplo, el Programa MI PIEZA. 

* Las prestaciones de carácter alimentario. Por ejemplo, la tarjeta alimentar (o prestación alimentar) o las tarjetas alimentarias provinciales.

* Estar inscripto como trabajador independiente en el Monotributo Social, Monotributo autónomo categoría A o en el Monotributo promovido.

* Ser trabajadora del Servicio Doméstico (lo que se conoce legalmente como Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares).

* Ser trabajador/a Rural contratado en las modalidades de trabajo temporario o trabajo permanente discontinuo (artículos 17 y 18 de la Ley N° 26.727 de Trabajador Rural).

* Ser trabajador/a contratado para desarrollar actividades agropecuarias bajo la modalidad establecida en el artículo 96 de la Ley N° 20.744 (temporario). 

* Ser trabajador/a contratado en virtud de lo establecido en el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 711/2021.

* Ser propietario/a de hasta un bien inmueble.

* Ser propietario de un automotor, cuya antigüedad sea igual a 10 o más años 10 años.

Por otro lado, el ingreso y la permanencia en el Potenciar Trabajo resultan Incompatibles para las personas que:

* Tengan empleo formal, registrado o en “blanco”;  excepto los trabajadores y trabajadoras temporarios o estacionales mencionados en el apartado anterior.

* Sean o estén prófugos de la justicia.

* Sean titulares de cualquier tipo de establecimiento comercial abierto al público como propietario, arrendatario, etc., así como con la titularidad de cualquier tipo de explotación agrícola o ganadera que no sean las establecidas en el Registro Nacional de la Economía Popular.

* Perciban un subsidio o prestación monetaria no reintegrable con fines de empleo y/o capacitación otorgado por el Estado Nacional, Provincial, Municipal o del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

* Sean titulares de más de 1 bien inmueble.

* Sean titulares de un automotor, cuya antigüedad sea menor a 10 años.

* Perciban pensiones o prestaciones del Sistema de la Seguridad Social: por ejemplo,  jubilación contributiva o no contributiva, pensiones a la vejez o por invalidez, pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), pensión por Incapacidad Permanente Total, prestación o subsidio por desempleo reconocido por pérdida de un empleo a jornada completa.  Asimismo, es incompatible con personas mayores de 65 años que se encuentren en condiciones de tramitar/percibir cualquier tipo de beneficio de los previstos en el Sistema de Seguridad Social.

* Realicen alguna prestación social y/o de empleo en el estado provincial, municipal o en organizaciones no gubernamentales cuyas tareas suplante la actividad propia de los empleados de los mismos.

Compatibilidades e incompatibilidades en el PROGRAMA ACOMPAÑAR

De acuerdo al Decreto N° 734/2020 y a la Resolución 265/2021 del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación, la Prestación Económica que se paga durante 6 períodos mensuales consecutivos a las mujeres y personas LGBTI+ en situación de riesgo acreditada por violencia por motivos de género, es Compatible con:

a).- La Asignación Universal por hijo/ja (AUH).

b).- La Asignación Universal por Embarazo (AUE).

c).- Asignación familiar por hijo/a con discapacidad.

d).- Monotributo Social.

e).- Trabajo registrado bajo el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares (Servicio Doméstico).

Por otro lado, está  Prestación Económica es  Incompatible con la percepción o cobro por parte de la persona postulante en el Programa de:

I.- Ingresos por trabajo en relación de dependencia registrado, formal o en “blanco” en el sector público o privado; ingresos por Monotributo  o por el Régimen de Autónomos, excepto la compatibilidades antes mencionadas (Monotributo Social y Servicio Doméstico).

II.- Subsidio o prestación monetaria no reintegrable con fines de empleo y/o capacitación otorgados por el Estado Nacional.

III.- Jubilaciones, Pensiones, o Retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales, o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA).

IV.- Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM).

V.- Prestación o seguro por desempleo.

Inscripciones

En el caso del Potenciar Trabajo, actualmente no existen inscripciones abiertas en el Programa. Tampoco se prevén para el futuro, según lo indico el Ministro de Desarrollo Social el año pasado.  Solo existen altas excepcionales ante bajas puntuales que se producen, por muerte, renuncia o incompatibilidad sobreviviente  de un beneficiario/. Dichas altas las tramita el referente social (o puntero) del proyecto o unidad de gestión del Potenciar.

En lo que respecta al Programa Acompañar, para acceder al mismo, el primer lugar es necesario acercarse a las unidades de acompañamiento provinciales o municipales  habilitadas (es decir, que realizaron convenio con la Nación). En este link esta la lista completa de unidades de acompañamiento por provincia:

https://www.argentina.gob.ar/generos/unidades-del-programa-acompanar


Comentarios