Potenciar Trabajo y Acompañar: repasamos las compatibilidades e incompatibilidades en estos 2 programas
Compatibilidades e incompatibilidades en el POTENCIAR TRABAJO
Hace
menos de un mes el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación emitió la Resolución
N° 1868/2021 (31/12/2021) por la cual se aprueban los lineamientos de
funcionamiento del programa nacional “Potenciar Trabajo”. Si bien estos ya
existían, se realizó un actualixacion de los mismos, eliminándose la anterior
normativa, la Resolución N° 285/2020.
De
acuerdo al Anexo de la Resolución N° 1868/2021 (Punto 7.2), el cobro de la
prestación económica (llamada Salario Social Complementario) es Compatible con:
* El cobro de la Asignación Universal
por Hijo/a (AUH).
* El cobro de la Asignación Universal
por Embarazo (AUE).
* Las prestaciones económicas o
materiales de naturaleza habitacional y/o de protección familiar otorgadas por
el Estado Nacional, Provincial, Municipal o del Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires (CABA). Por ejemplo, el Programa MI PIEZA.
* Las prestaciones de carácter
alimentario. Por ejemplo,
la tarjeta alimentar (o prestación alimentar) o las tarjetas alimentarias
provinciales.
* Estar inscripto como trabajador
independiente en el Monotributo Social, Monotributo autónomo categoría A o en
el Monotributo promovido.
* Ser trabajadora del Servicio
Doméstico (lo que se conoce legalmente como Régimen Especial de Contrato de
Trabajo para el Personal de Casas Particulares).
* Ser trabajador/a Rural contratado en
las modalidades de trabajo temporario o trabajo permanente discontinuo (artículos
17 y 18 de la Ley N° 26.727 de Trabajador Rural).
* Ser trabajador/a contratado para
desarrollar actividades agropecuarias bajo la modalidad establecida en el artículo
96 de la Ley N° 20.744 (temporario).
* Ser trabajador/a contratado en virtud
de lo establecido en el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 711/2021.
* Ser propietario/a de hasta un bien inmueble.
* Ser propietario de un automotor, cuya antigüedad sea igual a 10 o más años 10 años.
Por
otro lado, el ingreso y la permanencia en el Potenciar Trabajo resultan Incompatibles para las personas
que:
* Tengan empleo formal, registrado o en
“blanco”; excepto los trabajadores y trabajadoras
temporarios o estacionales mencionados en el apartado anterior.
* Sean o estén prófugos de la justicia.
* Sean titulares de cualquier tipo de
establecimiento comercial abierto al público como propietario, arrendatario,
etc., así como con la titularidad de cualquier tipo de explotación agrícola o
ganadera que no sean las establecidas en el Registro Nacional de la Economía
Popular.
* Perciban un subsidio o prestación
monetaria no reintegrable con fines de empleo y/o capacitación otorgado por el
Estado Nacional, Provincial, Municipal o del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires.
* Sean titulares de más de 1 bien inmueble.
* Sean titulares de un automotor,
cuya antigüedad sea menor a 10 años.
* Perciban pensiones o prestaciones del
Sistema de la Seguridad Social: por ejemplo,
jubilación contributiva o no contributiva, pensiones a la vejez o por
invalidez, pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), pensión por
Incapacidad Permanente Total, prestación o subsidio por desempleo reconocido
por pérdida de un empleo a jornada completa.
Asimismo, es incompatible con personas mayores de 65 años que se
encuentren en condiciones de tramitar/percibir cualquier tipo de beneficio de
los previstos en el Sistema de Seguridad Social.
* Realicen alguna prestación social y/o
de empleo en el estado provincial, municipal o en organizaciones no
gubernamentales cuyas tareas suplante la actividad propia de los empleados de
los mismos.
Compatibilidades e
incompatibilidades en el PROGRAMA
ACOMPAÑAR
De
acuerdo al Decreto N° 734/2020 y a la Resolución 265/2021 del Ministerio de las Mujeres, Géneros y
Diversidad de la Nación, la Prestación Económica que se paga durante 6 períodos
mensuales consecutivos a las mujeres y personas LGBTI+ en situación de riesgo
acreditada por violencia por motivos de género, es Compatible con:
a).- La Asignación Universal por hijo/ja
(AUH).
b).- La Asignación Universal por Embarazo
(AUE).
c).- Asignación familiar por hijo/a con
discapacidad.
d).- Monotributo Social.
e).- Trabajo registrado bajo el Régimen
Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares
(Servicio Doméstico).
Por
otro lado, está Prestación Económica es Incompatible
con la percepción o cobro por parte de la persona postulante en el Programa de:
I.- Ingresos por trabajo en relación de
dependencia registrado, formal o en “blanco”
en el sector público o privado; ingresos por Monotributo o por el Régimen de Autónomos, excepto la
compatibilidades antes mencionadas (Monotributo Social y Servicio Doméstico).
II.- Subsidio o prestación monetaria no
reintegrable con fines de empleo y/o capacitación otorgados por el Estado
Nacional.
III.- Jubilaciones, Pensiones, o Retiros de
carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales,
municipales, o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA).
IV.- Pensión Universal para el Adulto
Mayor (PUAM).
V.- Prestación o seguro por desempleo.
Inscripciones
En
el caso del Potenciar Trabajo,
actualmente no existen inscripciones abiertas en el Programa. Tampoco se prevén
para el futuro, según lo indico el Ministro de Desarrollo Social el año
pasado. Solo existen altas excepcionales
ante bajas puntuales que se producen, por muerte, renuncia o incompatibilidad
sobreviviente de un beneficiario/. Dichas altas las tramita
el referente social (o puntero) del proyecto o unidad de gestión del Potenciar.
En
lo que respecta al Programa Acompañar,
para acceder al mismo, el primer lugar es necesario acercarse a las unidades de
acompañamiento provinciales o municipales habilitadas (es decir, que realizaron convenio
con la Nación). En este link esta la lista completa de unidades de acompañamiento
por provincia:
https://www.argentina.gob.ar/generos/unidades-del-programa-acompanar
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