BONO para PNC, PUAM, Jubilados y Pensionadas: desde este lunes 20 de Diciembre comienza el pago
Destinatarios del BONO
A través del Decreto
855/2021 el Poder Ejecutivo Nacional estableció otorgar un BONO extraordinario
de, en principio, 8.000 pesos que se va a cobrar en el mes de diciembre, más
precisamente desde el lunes 20, tal como informamos más abajo en esta nota. El
BONO es abonado a:
1.- Los
titulares de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM).
2.- Los
y las titulares de Pensiones No Contributivas (PNC) por vejez, invalidez,
madres de 7 o más hijos/as y demás PNC y
Pensiones graciables cuyo pago se encuentra a cargo de la ANSES.
3.-
Titulares de las prestaciones del SIPA: jubilaciones y pensiones contributivas
nacionales.
4.- NO son destinatarios los
titulares de prestaciones de “(…) Regímenes
de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Policiales o del Servicio Penitenciario
de las Provincias cuyos sistemas de previsión fueron transferidos al Estado
Nacional, cuando fuere su único beneficio.”
El BONO es liquidado por
titular y NO por grupo familiar. Se tienen en cuenta los el haber previsional
del titular y no del grupo familiar: un matrimonio jubilado cada uno con la mínima, lo
cobran ambos.
Montos a cobrar del BONO
1.-
Para
aquellos beneficiarios/as que perciben por la suma de los haberes de todas sus
prestaciones vigentes un monto equivalente de hasta $ 29.061,63 (haber
previsional mínimo) el subsidio extraordinario es de 8.000 pesos.
2.-
Para aquellos beneficiarios/as que perciben por la suma de los haberes de todas
sus prestaciones vigentes un monto superior a $ 29.061,63 (haber previsional
mínimo) el subsidio extraordinario es igual a la cantidad necesaria hasta
alcanzar la suma 37.061,63 pesos. Es decir, por ejemplo si se cobra 35.000 pesos
de jubilación, el BONO o subsidio extraordinario es de 2.061,63.
El caso de aquellos que cobren Pensión más Jubilación y las Pensiones compartidas
Los que cobren Pensión y
Jubilación quedan excluidos del BONO, ya que superan la suma total de 37.061,63
pesos. En el caso de Pensiones compartidas, cualquiera sea la cantidad de
copartícipes, el porcentaje que cobra cada uno es considerado como un único titular a los fines del BONO: es decir, si lo que cobra cada uno o
una por esa Pensión compartida supera los 37.061,63 pesos, queda excluida/o del
BONO. Por ejemplo, en una Pensión mínima compartida ente dos, se cobraría el
BONO; pero si además de esta Pensión compartida, se cobra una jubilación, allí
quedo excluido/a porque se superan los 37.061,63 pesos.
Cronograma de pago del BONO
* DNI culminados en 0, 1 y 2: el 20 de
diciembre (lunes).
*
DNI terminados en 3, 4 y 5: el 21 de diciembre (martes)
*
DNI terminados en 6 y 7: el 22 de diciembre (miércoles)
*
DNI terminados en 8 y 9: el 23 de diciembre (jueves).
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