BONO para PNC, PUAM, Jubilados y Pensionadas: desde este lunes 20 de Diciembre comienza el pago

Destinatarios del BONO

A través del Decreto 855/2021 el Poder Ejecutivo Nacional estableció otorgar un BONO extraordinario de, en principio, 8.000 pesos que se va a cobrar en el mes de diciembre, más precisamente desde el lunes 20, tal como informamos más abajo en esta nota. El BONO es abonado a:

1.- Los titulares de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM).

2.- Los y las titulares de Pensiones No Contributivas (PNC) por vejez, invalidez, madres de 7 o más hijos/as  y demás PNC y Pensiones graciables cuyo pago se encuentra a cargo de la ANSES.

3.- Titulares de las prestaciones del SIPA: jubilaciones y pensiones contributivas nacionales. 

4.- NO son destinatarios los titulares de prestaciones de “(…) Regímenes de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Policiales o del Servicio Penitenciario de las Provincias cuyos sistemas de previsión fueron transferidos al Estado Nacional, cuando fuere su único beneficio.”

El BONO es liquidado por titular y NO por grupo familiar. Se tienen en cuenta los el haber previsional del titular y no del grupo familiar: un matrimonio jubilado cada uno con la mínima, lo cobran ambos. 

Montos a cobrar del BONO

1.- Para aquellos beneficiarios/as que perciben por la suma de los haberes de todas sus prestaciones vigentes un monto equivalente de hasta $ 29.061,63 (haber previsional mínimo) el subsidio extraordinario es de 8.000 pesos.

2.- Para aquellos beneficiarios/as que perciben por la suma de los haberes de todas sus prestaciones vigentes un monto superior a $ 29.061,63 (haber previsional mínimo) el subsidio extraordinario es igual a la cantidad necesaria hasta alcanzar la suma 37.061,63 pesos. Es decir, por ejemplo si se cobra 35.000 pesos de jubilación, el BONO o subsidio extraordinario es de 2.061,63.

El caso de aquellos que cobren Pensión más Jubilación y las Pensiones compartidas

Los que cobren Pensión y Jubilación quedan excluidos del BONO, ya que superan la suma total de 37.061,63 pesos. En el caso de Pensiones compartidas, cualquiera sea la cantidad de copartícipes, el porcentaje que cobra cada uno es considerado como un único titular a los fines del BONO: es decir, si lo que cobra cada uno o una por esa Pensión compartida supera los 37.061,63 pesos, queda excluida/o del BONO. Por ejemplo, en una Pensión mínima compartida ente dos, se cobraría el BONO; pero si además de esta Pensión compartida, se cobra una jubilación, allí quedo excluido/a porque se superan los 37.061,63 pesos. 

Cronograma de pago del BONO 

* DNI culminados en 0, 1 y 2: el 20 de diciembre (lunes).

* DNI terminados en 3, 4 y 5: el 21 de diciembre (martes)

* DNI terminados en 6 y 7: el 22 de diciembre (miércoles)

* DNI terminados en 8 y 9: el 23 de diciembre (jueves).

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