JUBILACIÓN EN LA MUJER: se oficializó el reconocimiento de aportes por tareas de cuidado de hijos/as
Introducción
Ese lunes, 19 de julio, se publicó
en el Boletín oficial de la Nación, el Decreto 475/2021 por el cual se modifica
la Ley Nacional de Jubilaciones y Pensiones N° 24.241. Así, lo anunciado la
semana pasada respecto al reconocimiento de aportes en mujeres por tareas de
cuidado de hijos e hijas se hace oficial.
Esta medida va a beneficiar, aproximadamente,
a unas 150.000 mujeres que hoy por hoy no cuentan con ingresos previsionales de
ningún tipo. De acuerdo a los considerandos del decreto, actualmente, unas
310.000 mujeres de entre 60 y 64 años “(…) de edad no cuentan con un
beneficio previsional ni tampoco pueden jubilarse por no acumular los
suficientes años de aportes”
Características
Lo aportes a computar por tareas de
cuidado son los siguientes:
* 1 (un)
año de aportes por hijo o hija que haya nacido con vida.
* 2 (dos) años
de aportes por hija o hijo adoptado, en caso de adopción de personas
menores de edad.
* Se
reconoce de forma adicional 1 (un) año por hijo o hija con discapacidad,
que haya nacido con vida o haya sido adoptado y/o adoptada que sea menor de
edad.
* Se
reconoce de forma adicional 2 (dos) años en caso de que haya sido
beneficiaria/o de la Asignación Universal por Hija/o (AUH) por al menos
12 meses continuos
o discontinuos.
* Se
reconocen los plazos de licencia por maternidad y de excedencia de maternidad (establecidos por las
leyes nacionales y por los Convenios Colectivos de Trabajo) a las mujeres que
hayan hecho uso de estos períodos al momento del nacimiento de sus hijos/as.
Importantísimo: esta reforma
es compatible con las moratorias jubilatorias vigentes. Actualmente, una mujer
de 60 años, puede entrar en moratoria por 24 años (desde 1979 al 2003), por lo
que necesita aportes posteriores al 2003 para completar los 30 años de aportes.
Eso es lo permite esta medida de aportes a partir de tareas de cuidado. Cabe
recordar, que el exceso de edad se computa, también como aporte: si tengo 62
años, es un año de aporte (si fuese 64, dos años de aporte).
Fecha de entrada en vigencia y tramitación
Aquellas mujeres que reúnan los
requisitos podrán solicitar turno a partir del 1 de agosto del 2021. Respeto a
la documentación, es necesario concurrir con el DNI y la las partidas de
nacimiento de los hijos/hijas. Si los hijos tienen alguna discapacidad
acreditada, es necesario llevar el Certificado Único de Discapacidad (CUD).
Asimismo, si son adoptados, es necesario presentar la sentencia judicial de
adopción.
Por último, como bien informa la ANSES, antes de solicitar el turno se puede hacer lo siguiente, que es muy importante para adelantar los tiempos de tramitación:
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