Se oficializo el incremento del 42% en el servicio doméstico en 4 veces
El 16 de junio pasado la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares otorga un incremento del 42% en los salarios de perciben los y las trabajadoras del Servicio Doméstico. Finamente, hoy se publicó en el boletín oficial la resolución 2/2021 por la cual se hace oficial. Te contamos los detalles.
Incremento salarial
Se
dispuso el un incremento salarial total del 42% sobre la escala salarial vigente a mayo de 2021, dividas en 4
tamos o etapas, a saber:
* 13%, a partir del mes de junio 2021.
* 12%, no acumulativo, a partir del mes de
septiembre 2021.
* 5%, no acumulativo, a partir del mes de
diciembre del año 2021
* 12%,
no acumulativo, a
partir del mes de marzo del año 2022, con cláusula de revisión al mes de marzo
de 2022.
Así,
desde junio de 2021 y para la quinta categoría: PERSONAL PARA TAREAS GENERALES (Prestación de tareas de
limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y,
en general, toda otra tarea típica del hogar), la valor mínimo de la hora para el personal
con retiro es de $209,5 y
sin retiro es de $225,5. Mientras que el mensual es de $25.725,02 (con retiro) y $26.605,95
sin retiro.
Adicional por “Zona Desfavorable”
Este
porcentual por “zona desfavorable”, ya existente, se incrementó en un 2%,
quedando actualmente en el 30%. Se
calcula sobre los salarios mínimos correspondientes a cada una de las
categorías determinadas, a partir del 1° de junio de 2021.
Cabe
aclarar que este adicional corresponde al personal que preste tareas en las
Provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del
Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el Partido de Patagones de la
Provincia de Buenos Aires.
Adicional
salarial por “Antigüedad”
Se
aplica por primera vez para este sector laboral. Es del 1% por cada año de antigüedad de la relación laboral. Se computa
sobre los salarios mensuales. Se pagará mensualmente a partir del 1° de
septiembre de 2021 y que el tiempo de servicio a los fines de este adicional
por antigüedad comenzará a computarse a partir del 1° de septiembre del año
2020, sin efecto retroactivo.
Texto Completo de la Resolución 2/2021
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