Se oficializo el incremento del 42% en el servicio doméstico en 4 veces

El 16 de junio pasado la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares otorga un incremento  del 42% en los salarios de perciben los y las trabajadoras del Servicio Doméstico. Finamente, hoy se publicó en el boletín oficial la resolución 2/2021 por la cual se hace oficial. Te contamos los detalles.

Incremento salarial

Se dispuso el un incremento salarial total del 42% sobre la escala salarial vigente a mayo de 2021, dividas en 4 tamos o etapas, a saber:

* 13%, a partir del mes de junio 2021.

* 12%, no acumulativo, a partir del mes de septiembre 2021.

* 5%, no acumulativo, a partir del mes de diciembre del año 2021

* 12%, no acumulativo, a partir del mes de marzo del año 2022, con cláusula de revisión al mes de marzo de 2022.

Así, desde junio de 2021 y para la quinta categoría: PERSONAL PARA TAREAS GENERALES (Prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar),  la valor mínimo de la hora para el personal con retiro es de $209,5 y sin retiro es de $225,5. Mientras que el mensual es de $25.725,02 (con retiro) y $26.605,95 sin retiro.


Adicional por “Zona Desfavorable”

Este porcentual por “zona desfavorable”, ya existente, se incrementó en un 2%, quedando actualmente en el 30%. Se calcula sobre los salarios mínimos correspondientes a cada una de las categorías determinadas, a partir del 1° de junio de 2021.

Cabe aclarar que este adicional corresponde al personal que preste tareas en las Provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires.

Adicional salarial por “Antigüedad”

Se aplica por primera vez para este sector laboral. Es del 1% por cada año de antigüedad de la relación laboral. Se computa sobre los salarios mensuales. Se pagará mensualmente a partir del 1° de septiembre de 2021 y que el tiempo de servicio a los fines de este adicional por antigüedad comenzará a computarse a partir del 1° de septiembre del año 2020, sin efecto retroactivo.

Texto Completo de la Resolución 2/2021

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