POTENCIAR TRABAJO: despejando dudas sobre las inscripciones y altas

Características generales Potenciar Trabajo

Este Programa fue creado, el marzo de 2020, con el dictado de la Resolución 121/20 del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación. Así, se produjo una unificación de varios programas que ya venían funcionando como “Hacemos Futuro” y “Proyectos Productivos Comunitarios”: Estos ya no existen, y quedaron dentro de Potenciar Trabajo (art. 4, Resolución 121/20).

Se cobra una prestación económica individual y mensual, denominada Salario Social Complementario, cuyo monto es del cincuenta por ciento (50%) del SALARIO MINIMO VITAL Y MOVIL (SMVM) vigente. El 5 de julio (liquidación de junio) se cobrará $12.786, ya que el SMVM es de Junio es de $25.572.

La inasistencia frecuente o incumplimiento de actividades durante un mes causa la quita del 50% del Salario Social Complementario. La inasistencia frecuente o incumplimiento actividades durante un periodo de 3 meses produce la suspensión del Potenciar Trabajo.

Es COMPATIBLE con AUH, AUE, Prestaciones de carácter alimentario, Ingresos como Trabajadores independientes inscriptos en el Monotributo Social, Monotributo autónomo categoría A, Ingresos provenientes como trabajador de Casas Particulares (EX Servicio Doméstico), ser propietario de hasta un (1) bien inmueble, etc.

Es INCOMPATIBLE con los ingresos provenientes de un empleo formal, registrado o en blanco, ser prófugo de la justicia, con la titularidad del solicitante de cualquier tipo de establecimiento abierto al público como propietario, arrendatario, usufructuario u otro concepto análogo, así como con la titularidad de cualquier tipo de explotación agrícola o ganadera que no sean las establecidas en el Registro Nacional de la Economía Popular, con la posesión de más de 1 bien inmueble, con la posesión de un auto cuya antigüedad sea menor a 10 años, embarcaciones y/o aeronaves, con la percepción de Jubilación contributiva o no contributiva, Pensiones a la vejez o por invalidez, PUAM (Pensión Universal para el Adulto Mayor), Pensión por Incapacidad Permanente Total, Prestación por desempleo y Mayores de 65 años que se encuentren en condiciones de tramitar/percibir cualquier tipo de beneficio de los previstos en el Sistema de Seguridad Social.

Inscripciones Potenciar Trabajo

De acuerdo a las normas actualmente vigentes, no existen inscripciones abiertas, salvo lo que describiremos más abajo.  Es decir, no hay cupos, por ahora.   

El padrón actual de beneficiarios está constituido por aquellos que vienen de otros programas (ex SALARIO SOCIAL COMPLEMENTARIO y de ex PROGRAMA HACEMOS FUTURO).

El Punto 5 de la Resolución 285/2020 establece que se contemplarán como POTENCIALES ALTAS AL PROGRAMA aquellas personas que se encuentren atravesando algunas de las siguientes situaciones: víctimas de violencia de género, víctimas de trata de personas o explotación sexual y personas liberadas de los regímenes penales en los últimos 24 meses o que se encuentren en situación de cumplimiento de pena bajo modalidades especiales (alojamiento domiciliario, libertad asistida, libertad condicional, entre otras).

Por otro lado, extraoficialmente se dice que ante una baja, la nueva vacante se gestiona ante un “Puntero” o  referente social de alguna organización, comedir etc. Eso es lo negativo de este Programa, la falta de transparencias en las inscripciones.

Reclamos, Consultas y Denuncias (Punto 14, Resolución 285/2020)

No se aceptan denuncias, reclamos ni consultas anónimas. El Programa establece las siguientes vías o mecanismos a tales efectos:

* Oficinas de atención de ANSES

* Líneas telefónicas: 43203360/3380 - 43203384/3385

* Correo electrónico: reclamosms@desarrollosocial.gob.ar; consultases@desarrollosocial.gob.ar

* Mesa de entradas

* Formulario Web

* 0800-222-3294

* Oficinas de la SES (Secretaría de Economía Social) o del MDS (Ministerio de Desarrollo Social) habilitadas para este fin.

 


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