Novedades publicadas hoy en el BOLETÍN OFICIAL sobre el Programa Potenciar Trabajo y la Tarjeta Alimentar
1.-Programa Potenciar Trabajo
A
través de la Resolución 646/2021, el Ministerio de Desarrollo Social de la
Nación, creo la a UNIDAD DE RECLAMOS, con el objetivo de recepcionar y
procesar los reclamos de los titulares del Programa Potenciar Trabajo,
técnicamente denominado: Programa Nacional de Inclusión Socio-Productiva y
Desarrollo Local.
Esta
unidad de reclamos estará constituida por 1 representante de la Secretaría de
Economía Social y 1 representante de la Unidad Gabinete de Asesores. Pero, ¿Qué
tipos de reclamos se van a
recepcionar? solo aquellos relacionados al impedimento o a la dificultad para
realizar el proceso de actualización de datos del programa. A tales efectos, se
prevén 3 vías de recepción de dichos reclamos: en las Unidades de Gestión o Unidades
de Certificación, en los Centros de Referencia ya través de la línea telefónica
0800-222-3294. En todos los casos será necesario los siguientes datos: Nombre y
Apellido de beneficiario/a, DNI, CUIL, teléfono celular, correo electrónico y
motivo del reclamo.
Plazos. Los reclamos podrán efectuarse hasta el día hábil posterior a la fecha de finalización del proceso de actualización de datos. Si bien dicha actualización era hasta el 15 de mayo, el dictado de esta Resolución hace pensar que se va a prorrogar. Es decir, se otorgarían más días; sino no tendría sentido que se hubiera emitido esta Resolución, luego del vencido el plazo para la actualización.
2.-Tarjeta Alimentar
Por
otro lado, en este jueves 20 de mayo, en el boletín oficial, se oficializaron los
cambios en la tarjeta alimentar, con la publicación de la Resolución 655/2021 por parte del Ministerio de
Desarrollo Social de la Nación.
Respecto
el anexo publicado, con los lineamientos
operativos del programa se destaca la siguiente información sobre los montos y
destinatarios:
Categoría |
Importe |
Tipo |
Criterios |
UNO |
$6.000 |
A |
Padres o madres con un
hijo/a de 0 a 14 años, inclusive. |
B |
Mujeres embarazadas (a
partir del tercer mes). |
||
C |
Padres o madres con un
hijo/a con discapacidad, sin límite de edad. |
||
DOS |
$9.000 |
A |
Padres o madres con 2 hijos/as que cumplan con los criterios de focalización (A y/o C) de la Categoría 1 |
B |
Mujeres embarazadas (a partir del tercer mes) con un hijo/a que cumpla con los criterios de focalización (A y/o C) de la Categoría 1. |
||
TRES |
$12.000 |
A |
Padres
o madres con 3 hijos/as o más que cumplan con los criterios de focalización
(A y/o C) de la Categoría 1. |
B |
Mujeres
embarazadas (a partir del tercer mes) con al menos dos hijos/as que cumplan
con los criterios de focalización (A y/o C) de la Categoría 1. |
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